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especialmente sensibles a determinados riesgos y personas con discapacidad, protección de la
maternidad, de los menores de edad y de las posiciones temporales), de conformidad con lo
establecido en los Art. 25, 26, 27 y 28 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, en los
que se cita explícitamente la obligación de tener en cuenta estas situaciones, tanto al evaluar los
riesgos como al asignar tareas/actividades.
Para responder a las necesidades de estas personas, bonÀrea Corporación analiza específicamente
las condiciones de trabajo de las personas con discapacidad, menores de edad, maternidad y
trabajo temporal, de manera que se consiga una adecuada adaptación del trabajo a la persona,
dentro de unos niveles de protección suficientes. Dichas características serán tenidas en cuenta en
las Evaluaciones de Riesgos y, en función de éstas, se adoptarán las medidas de protección
necesarias, incluyendo la modificación, adaptación o cambio de puesto.
La detección de las necesidades de estos colectivos será a través de las comunicaciones de los
propios interesados al Servicio de Prevención, al Servicio Médico o al Departamento de Recursos
Humanos, o bien por la detección del Servicio Médico en consultas o reconocimientos; o por que
los Técnicos de Prevención lo detecten a partir de quejas o sospechas durante evaluaciones de
riesgos.
S1-3: Procesos para reparar las incidencias negativas y canales para que el equipo
humano propio exprese sus inquietudes
S1-3_32 a AR 27
El Código Ético de bonÀrea Corporación tiene la finalidad de establecer las pautas que deben guiar
el comportamiento ético de todo el equipo humano en el desarrollo de sus tareas diarias respecto a
las relaciones con los grupos de interés. Tiene carácter vinculante y las infracciones son
sancionadas disciplinariamente. Entre otros aspectos, este documento prohíbe la vulneración de
los derechos humanos y las libertades públicas, cualquier tipo de discriminación, corrupción,
soborno o conflicto de interés, la financiación de partidos políticos o los regalos cuyo valor supere
el establecido por la normativa interna. Cualquier persona de la empresa, de las empresas
proveedoras y de terceros puede reportar cualquier irregularidad, incumplimiento o conducta no
ética detectada en la empresa a través del Canal Ético.
Asimismo, cuando se detectan situaciones que tienen que ver con temas laborales, así como con la
salud y la seguridad del equipo humano, la empresa dispone de un Canal de Comunicados a la
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