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El Consejo de Administración tiene, entre otras, las siguientes competencias:
• La supervisión del efectivo funcionamiento de las comisiones que hubiera constituido, de la
actuación de los órganos delegados y de los directivos que hubiera designado.
• La determinación de las políticas y estrategias generales de la sociedad.
• La autorización o dispensa de las obligaciones derivadas del deber de lealtad.
• Su propia organización y funcionamiento.
• La formulación de las cuentas anuales y su presentación a la Junta General.
• La formulación de cualquier clase de informe exigido por la ley al órgano de administración
siempre y cuando la operación a que se refiere el informe no pueda ser delegada.
El Consejo de Administración se reúne de forma mensual para aprobar las operaciones concurrentes
de la empresa, validar los resultados periódicos previamente analizados por el Comité de Dirección y
analizar el cumplimiento a corto y medio plazo de las decisiones estratégicas de la organización.
GOV-1_21(a) 21(b) 21(d) 21(e)
A 31 de diciembre de 2024 el Consejo de Administración se encuentra formado por diez personas, entre
las que se encuentran dos consejeros ejecutivos que tienen la condición de asalariados; uno de ellos
ostenta el cargo de consejero delegado, que forma también parte del Comité de Dirección y el otro
ocupa la posición de director departamental en el ámbito de ingeniería y energía, desarrollando sus
funciones, igualmente, dentro del marco del Comité de Dirección. No existe miembros independientes
del Consejo. A esa misma fecha las mujeres representan el 9% del total del Consejo de Administración
y de los órganos de administración, dirección y supervisión de bonÀrea Corporación.
A continuación, se relacionan los miembros del Consejo de Administración a 31 de diciembre de 2024:
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